En el marco de la emergencia sanitaria se aprobó un texto de cláusula con carácter general para las coberturas patrimoniales cuyo riesgo cubierto se relacione directamente con ella. Según la SSN, la definición fue consensuada con las cámaras del sector. Asimismo, y por pedido de la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS), se incorpora una cláusula de Limitación por Sanciones. Para continuar leyendo haz click aqui