El Colegio solicito la inconstitucionalidad de la Ley de ART
Lo hizo mediante la presentación de una acción, en donde se pide la inconstitucionalidad de la norma, que días atrás fuera aprobada por el Congreso de la Nación. Los cuestionamientos son que se “desanima a reclamar una reparación plena a través de la vía judicial”, “prohíbe firmar pactos de honorarios con los clientes” y “separa las acciones de reparación del infortunio laboral de sus jueces naturales”.
En el texto de la demanda, que lleva la firma del Presidente del CPACF, Dr. Jorge Rizzo, la entidad que agrupa a más de 75 mil abogados, destacó que la nueva norma “coacciona al trabajador a elegir, en un plazo perentorio, el ofrecimiento que pudiera hacerle la ART” y asimismo, “lo desanima a reclamar una reparación plena a través de la vía judicial; ya que luego de ejercida la opción, la que tiene el carácter de excluyente, el trabajador queda impedido de acceder a una revisión judicial amplia posterior”.
Por otro lado, continúa, “la Ley Nº 26.773 cercena derechos de los abogados al prohibirles firmar pactos de honorarios con sus clientes; a la par que modifica la base para regular los honorarios en la acción civil, tomando sólo la diferencia que pueda llegar a existir entre el monto de la condena y la indemnización que le hubiera correspondido de acuerdo a la Ley de Riesgos del Trabajo”. Estas restricciones, para el CPACF, “tienen como único fin desalentar el reclamo judicial, colocando al trabajador en la necesidad de aceptar un acuerdo administrativo, sin patrocinio letrado y abusando de la situación de inferioridad, necesidad y urgencia de aquel que enfrenta las consecuencias de un accidente o enfermedad laboral”.
Asimismo, otro punto que se critica es que “separa las acciones de reparación del infortunio laboral de sus jueces naturales, trasladando la competencia a la justicia civil, que es una justicia que entiende entre iguales, ajena a los principios protectorios que rigen a favor del trabajador”.
Para el Colegio Público “quienes apoyan el nuevo régimen, sostienen que responde a la alta litigiosidad y la gran cantidad de reclamos resarcitorios, fruto de accidentes y enfermedades laborales, olvidando que estos daños se deberían reducir con normas que pongan el acento en la prevención y en la protección y seguridad del trabajador”.
Además, la acción tiene por objeto la tutela de un bien colectivo, dado que afecta a todos los abogados por igual y a la comunidad en su conjunto. Para las autoridades del CPACF hay “una clara afectación a la dignidad, propiedad y libertad de los abogados de tal incidencia que no se justifica que cada uno de ellos promueva una demanda peticionando la inconstitucionalidad de la Ley Nº 26.773, encontrándose a tal efecto legitimado el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal como ente público no estatal creado por la Ley Nº 23.187, cuyo finalidad, entre otras, es representar a todos los abogados que ejercen en el ámbito territorial de la Capital Federal”.